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Gremio y empresarios poteros acuerdan un salario mensual de US$ 6.900 para capitán de buque

El acuerdo permitió superar el conflicto que las partes mantenían respecto de la escala laboral que rige en la actividad pesquera y otras diferencias sobre el pago de salarios por parte de empresas nucleadas en la CAPA, se señaló en un documento sindical.

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Redacción Argenportts.com 

  Una actualización del valor del salario mensual conformado para la navegación de 6.900 dólares brutos para la categoría de capitán, acordaron en paritarias la Asociación Argentina de Capitanes, Pilotos y Patrones de Pesca (Aacpypp) y la Cámara de Armadores de Poteros Argentinos (CAPA).

   El acuerdo salarial, según informó hoy la entidad gremial,  regirá a partir del 1 de enero último y contemplará todos los conceptos fijos y variables de la remuneración, a excepción de los haberes percibidos por trabajo en puerto, francos, vacaciones y sueldo anual complementario (SAC).

   Los datos fueron proporcionados a la agencia de noticias Télam el titular del gremio e integrante de la Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT), Jorge Frías, quien rubricó el acuerdo luego de arduas negociaciones en la cartera laboral con el presidente de CAPA, Juan Redini.

   "El elevado crecimiento de casos por la Covid-19 obligó a una audiencia virtual con el funcionario del ministerio de Trabajo, pero finalmente hubo acuerdo, por lo que el sindicato dejó sin efecto la asamblea de forma oportuna convocada", afirmó Frías.

Conflicto superado

   El acuerdo permitió superar el conflicto que las partes mantenían respecto de la escala laboral que rige en la actividad pesquera y otras diferencias sobre el pago de salarios por parte de empresas nucleadas en la CAPA, se señaló en un documento.

   Sindicalistas y empresarios actualizaron el valor de los francos compensatorios, que a partir de este mes pasará a 3.450 dólares brutos mensuales o su equivalente en pesos, según el convenio colectivo laboral 727/15, y determinaron una compensación de 900 dólares brutos mensuales para la categoría de capitán y en escala según las categorías de ese instrumento colectivo de trabajo.

   La compensación se abonará de forma extraordinaria y por única vez y por cada uno de los meses en los que el trabajador haya navegado en buques poteros en 2021.

   Al respecto, Frías explicó que se estableció un mecanismo diferente de pago para las empresas que hubiesen abonado sumas superiores a los 6 mil dólares en concepto de salario mensual conformado en la actividad de la navegación, y aclaró que todos esos valores en dólares corresponden a salarios en pesos, para lo cual se toma la cotización del dólar transferencia tipo comprador del Banco de la Nación Argentina.

  

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Correa Venturi
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