Por Redaccion Argenports.com
El Juzgado de Feria de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal desestimó el recurso presentado por Dredging International (DEME) contra la licitación de la Vía Navegable Troncal, en un fallo que resalta la validez del proceso licitatorio en curso.
Argumentos del fallo
El juez Enrique Lavié Pico rechazó la medida cautelar solicitada por DEME, que pretendía declarar nulo el procedimiento licitatorio. Según el magistrado, la empresa no logró acreditar la verosimilitud de los cuestionamientos ni la existencia de un daño irreparable en caso de que la licitación avance. En su resolución, subrayó que no existen indicios de irregularidades en los pliegos ni de un supuesto direccionamiento para favorecer a la empresa que actualmente realiza el dragado.
Lavié Pico sostuvo que:
“No se advierte del Pliego de Bases y Condiciones las irregularidades alegadas por la parte actora, como así tampoco la supuesta intención de redireccionar la licitación para, en definitiva, favorecer a la empresa que actualmente presta el servicio de dragado de la vía troncal de navegación.”
Criterios judiciales
El fallo también destacó que, para que una medida cautelar prospere, es necesario demostrar de manera manifiesta una acción ilegal o el incumplimiento de normativas, algo que no se acreditó en este caso. Asimismo, DEME no presentó pruebas que evidencien un perjuicio concreto derivado de la continuidad del proceso licitatorio.
Interés público
El juez enfatizó la importancia del interés público en la licitación de la Hidrovía, un proyecto clave para el comercio exterior y la competitividad del país. Por esta razón, consideró que no corresponde interrumpir un procedimiento que busca garantizar la transparencia y eficiencia en la gestión de la vía navegable.
Con este fallo, el proceso licitatorio sigue su curso, reafirmando la validez de las acciones emprendidas por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación.