Bahía Monóxido

Habilitan el regreso del servicio de trenes entre Plaza Constitución y Bahía Blanca

La medida fue dictada por el Juzgado Federal N° 1 de Azul y menciona que Ferro Expreso Pampeano deberá garantizar el estado de la red ferroviaria y Trenes Argentinos deberá asegurar el mantenimiento y condiciones de seguridad de las formaciones que presten el servicio.

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Redacción Argenports.com

   El Juzgado Federal N° 1 de Azul emitió un comunicado en donde indica que decreta “el cese de la medida cautelar de prohibición de restablecimiento de servicio de trenes de pasajeros en el tramo comprendido entre Olavarría–Bahía Blanca”.

   De esta manera, el servicio que opera Trenes Argentinos quedó habilitado en su totalidad entre Plaza Constitución y Bahía Blanca, que ya se encontraba funcionando parcialmente hasta Olavarría.

   La interrupción del servicio fue dispuesta por el Juez Federal Gabriel Di Julio tras el descarrilamiento de la formación 333 de Trenes Argentinos ocurrido el pasado 8 de marzo en la Estación Pourtalé, en cercanías de Olavarría.

   Luego de la medida cautelar dispuesta y con un paro de los trabajadores de trenes, el servicio se fue reincorporando de acuerdo a las presentaciones de las empresas concesionadas por ramal.

   Según se informó, el levantamiento “será bajo estricta responsabilidad de Ferroexpreso Pampeano S.A., que deberá garantizar el estado y las condiciones de uso de la red ferroviaria, para seguridad para los pasajeros, formación y terceros en general; de Trenes Argentinos, que deberá garantizar el estado, mantenimiento y condiciones de seguridad de la formación que preste el servicio y de las condiciones operativas de la conducción de los trenes; y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (C.N.R.T.) que deberá supervisar en forma estricta el cumplimiento de las condiciones de seguridad que se adopten y deberá exigir aquellas que deban disponerse en un futuro”.

   El levantamiento de la medida, en el tramo indicado, se resolvió luego de que la concesionaria respondiera el requerimiento judicial. Para ello, además, se tuvieron en cuenta las consideraciones y conclusiones de la C.N.R.T.

   Al mismo tiempo, señalaron que “se emplazó a las operadoras Ferro Expreso Pampeano y Trenes Argentinos para que adopten el estándar de máxima precaución, criterio que comprende: a las pautas técnicas de circulación, seguridad, velocidades máximas de la formación, mecanismos de control de velocidades de circulación en tiempo real, servicio y mantenimiento de las locomotoras y coches en los plazos y condiciones correspondientes, entre otras medidas; y recomendó a las referidas empresas la adopción de un plan integral de reportes o registros de eventos, en el que puedan documentarse incidentes o novedades para la pronta interacción de las operadoras; y la habilitación de una vía de comunicación simple, expedita y única, para que los usuarios puedan reportar novedades o incidentes”.

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