El Gobierno dispuso reempadronar todos los puertos del país y fija un plazo de un año

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación dispuso que todas las terminales, concesionarios y administraciones portuarias del país deberán actualizar su inscripción en el Registro Nacional de Puertos. Habrá un plazo máximo de doce meses para completar el trámite bajo un nuevo esquema digital de control y fiscalización.
La resolución busca ordenar la información, identificar qué puertos están activos, bajo qué condiciones operan y quiénes son sus responsables legales.
Notas relacionadas

El Consorcio de Gestión del Puerto de Quequén realiza tareas de mejoramiento en la continuidad de la Avenida 2 hacia la escollera

Inauguraron la Planta Procesadora Escuela en Mar del Plata

Agregá ArgenPorts en

Por Redacción Argenports.com

La normativa establece que ningún puerto argentino podrá operar sin estar debidamente inscripto o actualizado en el Registro Nacional de Puertos. La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) fija un plazo perentorio de un año para que todos los entes de gestión, administraciones portuarias provinciales y municipales, concesionarios privados, zonas operativas, terminales fluviales y actores comprendidos por la Ley 24.093 regularicen su situación.

Hasta ahora, el registro funcionaba de manera dispersa, con legajos incompletos o sin actualización.

La resolución busca ordenar la información, identificar qué puertos están activos, bajo qué condiciones operan y quiénes son sus responsables legales.

También otorga a la Gerencia de Coordinación Técnica la función de administrar, fiscalizar y mantener actualizado ese registro.

También te puede interesar: Habilitan el puerto privado de Aceitera Deheza S.A. en Timbúes

Modernización digital y fin de registros paralelos

La medida se apoya en el sistema de Trámites a Distancia (TAD) y en el Registro Legajo Multipropósito, por lo que todas las presentaciones deberán hacerse de manera electrónica.

El trámite de inscripción o actualización tendrá carácter de declaración jurada, lo que implica responsabilidades legales ante cualquier omisión o falsedad.

Además, se termina con registros paralelos o no integrados. El Registro de Amarraderos Fluviales queda absorbido por el Registro Nacional de Puertos, para evitar superposiciones y brindar una única base de datos oficial.

Qué documentación deben presentar los puertos

La resolución reemplaza el Anexo I de la Disposición 43/2018 por uno nuevo, más exigente, que incluye información legal, técnica y operativa detallada. Entre otros aspectos, cada puerto deberá informar:

  • Situación dominial y administrativa del predio.
  • Actos de concesión, permisos o autorizaciones vigentes.
  • Infraestructura disponible: muelles, calado operativo, accesos viales y ferroviarios.
  • Servicios que presta, grúas, equipos, depósitos, zonas de respaldo.
  • Empresas operadoras y responsables legales.
  • Historial de movimientos y actividad reciente.

Sin esta documentación presentada y validada, el puerto o terminal quedará en situación irregular y no podrá tramitar nuevos permisos u obras ante el Estado.

Impacto en el sistema logístico y portuario

El reempadronamiento no es un trámite burocrático más. Marca un cambio de etapa en la administración portuaria argentina.

Para el sector implica ordenar responsabilidades, mejorar la transparencia y contar con datos reales sobre la infraestructura disponible, movimientos de carga, inversiones en curso y concesiones vigentes.

También es una señal hacia inversores y organismos internacionales de que el país busca un sistema portuario más trazable y profesionalizado.

El cumplimiento en tiempo y forma será clave. Sin registro actualizado, los puertos y terminales quedarán fuera de cualquier trámite, convenio o habilitación futura.

Provincias, municipios y concesionarios deberán ordenar su situación administrativa si quieren mantener operaciones y acceder a obras de dragado, ampliaciones o mejoras logísticas.

La decisión de reempadronar todos los puertos del país abre una etapa de depuración, control y formalidad para el sistema portuario argentino.

La medida obliga a cada actor a documentar qué es, dónde opera, con qué infraestructura cuenta y bajo qué marco legal.

No es un detalle menor: es el primer paso para planificar políticas portuarias serias, atraer inversiones y mejorar la competitividad logística de la Argentina. A partir de ahora, sin registro no habrá puerto.

Agregá ArgenPorts en
Agregá ArgenPorts en
Más vistas
junio 17, 2026

Puerto Quequén se prepara para uno de los mayores embarques de soja de su historia

junio 9, 2026
Entrevista exclusiva

YPF proyecta ampliar VMOS a 700.000 barriles diarios y despachar un superpetrolero cada tres días

junio 9, 2026

Más de 700 tubos partieron desde Dock Sud para la terminal offshore de VMOS

junio 18, 2026
INFORME ESPECIAL ARGENPORTS

Seminole: así es el gigante offshore que instalará la cañería submarina del VMOS en Río Negro

junio 13, 2026
Informe especial

Los caños que conectarán Vaca Muerta con los superpetroleros ya llegan a Río Negro

Notas relacionadas

¡Suscribite a nuestro newsletter!

Todos los martes y viernes te enviaremos a tu mail las noticias más relevantes de la semana en materia de puertos, transporte/logística, energía e industria de la Argentina.

¡Sin compromiso! Podrás darte de baja en cualquier momento.