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Actualizan la tarifa de peaje para buques de cabotaje en el Canal Martín García

Estableció un valor de $A 824,80 por tonelada de registro neto (TRN), en línea con la normativa vigente para la Vía Navegable Troncal. Nueva tarifa, más integración
Lo que se resuelva en este tramo será clave no solo para la operatividad de la vía, sino también para la dinámica del comercio fluvial en la región del Plata en los próximos años.
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Por Redacción Argenports.com

En su resolución 9/2025, la CARP oficializó la nueva tarifa de balizamiento y dragado para los buques que realizan navegación de cabotaje en el Canal Martín García.

El valor fijado es de $A 824,80 por TRN, y será aplicable a partir del 15 de junio de 2025.

Este monto se ajusta a lo establecido por la Disposición 22/2024 del Ministerio de Economía de Argentina, que fijó esa tarifa como base para la Vía Navegable Troncal, y contempla ajustes trimestrales automáticos según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Equiparación tarifaria y normativa binacional

La medida responde a la necesidad de garantizar la competitividad del Canal Martín García frente a otras rutas fluviales, en cumplimiento de las Notas Reversales firmadas en 1993 y 1994 entre Argentina y Uruguay, que exigen igualdad tarifaria entre los buques que navegan por los canales Martín García y Emilio Mitre.

Además, según se informó, la actualización resuelve una laguna normativa de más de 20 años: desde 2002 no se había modificado la tarifa para cabotaje nacional en esta vía, lo que generaba una distorsión frente al resto del sistema de navegación.

Valor facturado en dólares según cotización oficial

Aunque el nuevo valor está expresado en pesos argentinos, la tarifa será facturada en su equivalente en dólares estadounidenses, según la cotización tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina vigente al día anterior a la emisión de la factura.

Esta modalidad busca dar mayor previsibilidad a los operadores logísticos y armadores que utilizan la vía.

Publicación y entrada en vigencia

La resolución fue aprobada durante la Sesión Ordinaria N.º 661 de la CARP, celebrada los días 29 y 30 de mayo de 2025, y siendo publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay y en la página web de la CARP, tal como lo exige el Reglamento de Uso y Navegación del Canal Martín García (REMAGA).

Contexto: fortalecimiento del sistema fluvial binacional

Con esta medida, la CARP continúa avanzando en la armonización tarifaria y normativa del sistema fluvial compartido entre Argentina y Uruguay, promoviendo un entorno más competitivo, transparente y eficiente para el transporte por agua en el Río de la Plata.

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