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Desregulación en la Marina Mercante: el Gobierno flexibiliza el régimen y declara servicio esencial a la navegación

Según el gobierno, la medida busca dinamizar el sector del transporte por agua, reducir costos y atraer inversiones, en medio de una situación crítica para la actividad.
El Gobierno aprobó el Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional . Foto Barcos en el Río Paranà.
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Por Redacción Argenports.com

En el marco de su política de desregulación, el Gobierno nacional aprobó un nuevo Régimen de Excepción para la Marina Mercante Nacional y declaró a la navegación marítima y fluvial como servicio esencial.

La medida busca dinamizar el sector del transporte por agua, reducir costos y atraer inversiones, en medio de una situación crítica para la actividad.

La normativa permite a los armadores solicitar el cese provisorio de la bandera nacional de sus buques para inscribirse en registros extranjeros. Foto Gerardo Roberto.

El decreto 340/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, establece la posibilidad de que buques de bandera extranjera sean tratados como de matrícula nacional, flexibiliza requisitos laborales, amplía permisos de cabotaje para embarcaciones internacionales y elimina múltiples restricciones normativas que encarecían la logística local.

El transporte fluvial y marítimo, declarado servicio esencial

Con la nueva normativa, la navegación destinada al transporte de personas, mercaderías y cargas por agua queda considerada como actividad esencial, lo que impone límites a posibles medidas de fuerza que puedan afectar la prestación del servicio.

En ese marco, no se podrá reducir la cobertura del servicio por debajo del 75%, y en sectores estratégicos, como el alimenticio, el mínimo será del 50%.

Según los considerandos del decreto, se busca “profundizar la libertad de mercados” como forma de reactivar la economía, impulsar el comercio interno y externo y mejorar la competitividad de la Marina Mercante Nacional.

El Gobierno argumenta que el sistema vigente genera sobrecostos que afectan en especial a las economías regionales. Foto Gerardo Roberto.

Buques extranjeros con matrícula nacional y contratación más flexible

Una de las principales modificaciones es que se permitirá a buques extranjeros operar como nacionales, siempre que cumplan ciertos requisitos.

Esto quiere decir que una barcaza paraguaya, por ejemplo, se podrá matricular en Argentina y operar como una nave local”, explicó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, a través de su cuenta de X.

Los barcos deberán estar tripulados al menos en un 75% por argentinos o extranjeros con residencia, aunque los contratos laborales podrán regirse por las leyes del país de origen del buque.

Según el gobierno, se flexibilizan requisitos para la contratación de personal y se eliminan barreras burocráticas, buscando mejorar la competitividad y fomentar la inversión en la Marina Mercante.

Además, se elimina la necesidad de contar con aval sindical para definir la tripulación, un aspecto que, según Sturzenegger, generaba extorsiones antes de zarpar: “La dotación del barco necesitaba un acuerdo del sindicato. Entonces era común la extorsión antes de zarpar (‘subime estos dos compañeros, total qué te hace’). Ahora la dotación la elige el armador”.

Cabotaje con banderas de conveniencia y menos burocracia

El nuevo régimen también habilita a los operadores nacionales a aplicar el cese provisorio de bandera para registrar sus buques en el extranjero, facilitando su operación con menores cargas impositivas y laborales.

Además, los armadores podrán hacer cabotaje bajo banderas de conveniencia, siempre que se respeten las condiciones mínimas de seguridad exigidas por la Prefectura Naval.

Se amplía también de 30 a 60 días el plazo para que buques de tráfico internacional realicen cabotaje dentro del territorio nacional.

Es insólito que hoy las mercaderías de Tierra del Fuego viajan al continente en camión”, cuestionó el ministro, poniendo en evidencia la falta de desarrollo del transporte fluvial y marítimo de cargas.

Menos costos, más inversión

Otro de los cambios centrales es la simplificación de trámites administrativos: se agiliza la inscripción y baja de buques en la matrícula nacional, y se eliminan restricciones para el funcionamiento de talleres de reparación naval.

Para Sturzenegger, estas reformas son un paso clave para “bajar el costo argentino”. Asegura que, pese a las modificaciones previas en el REGINAVE y el margen de seguridad bajo quilla, “operar un buque de bandera argentina sigue siendo hasta 4 veces más caro que en países vecinos”.

El decreto declara al servicio de cabotaje como actividad esencial. Foto Gerardo Roberto.

Con esta desregulación, el Gobierno apuesta a un esquema más competitivo para la marina mercante argentina, que permita recuperar participación en el comercio regional y avanzar hacia un modelo de transporte más eficiente y con menor carga fiscal y sindical.

Resumen de los cambios en el cabotaje con el decreto 340/2025

El decreto 340/2025 marca un punto de inflexión en el transporte fluvial argentino. Declara al servicio de cabotaje como actividad esencial y busca igualar el costo operativo y laboral argentino al del resto de los países de la región.

A la vez, simplifica trámites, reduce tiempos de habilitación de buques y crea un régimen de excepción que amplía las posibilidades operativas.

Entre las medidas clave, se establece que los tripulantes argentinos contratados deberán regirse por los mismos regímenes laborales (francos y jornadas de a bordo) que los extranjeros, excluyendo expresamente los convenios colectivos locales.

Esto, según el gobierno, permite que los costos laborales de operar un buque en Argentina se alineen con los estándares regionales.

Hasta ahora, la legislación nacional exigía una mayor dotación de personal para cada embarcación, lo que encarecía considerablemente los costos operativos.

Con esta reforma, el Gobierno apunta a reducir automáticamente esos costos sin afectar los derechos laborales, con la expectativa de que muchas empresas que se habían radicado en el extranjero regresen a tributar y operar desde Argentina.

Según fuentes oficiales, un remolcador con bandera argentina que hasta ahora era más costoso por las exigencias locales, ahora podrá competir en igualdad de condiciones con embarcaciones de países vecinos.

“Esto se traduce en una mejora de la competitividad y en un estímulo directo a nuevas inversiones en el sector fluvial”, señalaron.

Régimen especial para buques extranjeros

El decreto también habilita a barcos con bandera extranjera a realizar cabotaje por hasta 180 días corridos.

Hasta ahora, la legislación nacional exigía una mayor dotación de personal para cada embarcación, lo que encarecía considerablemente los costos operativos. Foto Gerardo Roberto.

Esto significa que una embarcación procedente de Paraguay, por ejemplo, podrá recalar en puertos del norte argentino como Barranqueras (Chaco) o Ibicuy (Entre Ríos), y conectar esas terminales con otras como Santa Fe o el Puerto de Buenos Aires, generando nuevas oportunidades logísticas.

Este punto genera gran expectativa en provincias con puertos sobre la hidrovía, como Corrientes, Chaco, Formosa, Misiones, Entre Ríos y Santa Fe, que ven en esta flexibilización una oportunidad real para reactivar sus terminales y recuperar la conectividad con Paraguay, Brasil y Bolivia.

Según el gobierno, la posibilidad de generar alianzas estratégicas entre puertos y operadores fluviales abre un escenario de reactivación para economías regionales, que podrían volver a mover su producción hacia centros industriales o de exportación con eficiencia y competitividad.

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