Bahía monoxido

La Justicia volvió a habilitar la exploración sísmica en el Mar Argentino

La Cámara de Apelaciones marplatense desestimó los recursos con los que las ONG ambientalistas pretendían frenar la búsqueda de petróleo.

Notas relacionadas

Fundación YPF reunió a sus 300 becarios en el Encuentro “Energía en Tiempo Real”

Doble operatoria histórica en la nueva terminal petrolera de Puerto Rosales

Redacción Argenports.com

   La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata consideró inadmisibles los recursos extraordinarios con los que las ONG ambientalistas buscaron cancelar la exploración petrolera, por lo cual reconfirmó la habilitación de la exploración sísmica a más de 300 kilómetros de la costa de Mar del Plata, que ya había habilitado el 5 de diciembre pasado.

   La nueva decisión fue dada a conocer por los jueces Eduardo Jiménez y Bernardo Bibel -convocados en medio de la feria judicial- lo que permitirá que las empresas contratadas puedan realizar los trabajos de retrospección sobre el Mar Argentino y permitirá conocer si hay hidrocarburos en la zona.

   También te puede interesar: Una nueva presentación judicial dilata la exploración offshore

   A fines de diciembre las organizaciones presentaron un recurso extraordinario al considerar que la sentencia tenía potencial de efectos definitivos, y en el escrito presentado por las ONG se expresaba: “estamos ante la eventual provocación de un daño en el medioambiente de insusceptible reparación ulterior, por lo que la resolución resulta equiparable a sentencia definitiva”.

   A pesar de ello, la Cámara resolvió y dio a conocer la medida de rechazar los recursos de los ambientalistas, y señalar que la decisión de dejar sin efecto la medida cautelar que frenó la actividad durante el año pasado “no constituye un fallo de carácter definitivo ya que se trata justamente de una cautelar y no de una resolución de fondo en el marco del amparo”.

   “No cabe ninguna duda de que aun luego de dictada la resolución recurrida, el derecho de fondo que se discute y no deja de ser litigioso, y la cuestión abordada podrá reeditarse ante eventuales nuevos fundamentos”, señaló la Cámara en su resolución, y expresó que “los recursos planteados por las ONG ambientalistas no reúnen los “requisitos mínimos y básicos” para ser analizados por el tribunal superior (Corte Suprema de la Nación).

   En diciembre la Cámara consideró que tanto el Gobierno nacional como Equinor cumplieron con los requisitos que le habían sido requeridos, y revocó parcialmente la medida dictada por el juez Santiago Martín y al mismo tiempo habían establecido una serie de “condiciones esenciales” para la ejecución de la exploración petrolera.

   También te puede interesar: La Justicia dio luz verde a la exploración petrolera frente a las costas de Mar del Plata

   Dispusieron que deberán incluirse como “observadores permanentes” a miembros del equipo “Pampa Azul”, en el número de integrantes que la autoridad administrativa considere adecuado, quienes “deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, por la tutela del Agujero Azul, así como denunciar a las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente, para propiciar la inmediata suspensión de las actividades”.

   Otra de las condiciones fijadas, en su momento, fue que las actividades de prospección sísmica “no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a cincuenta 50 kilómetros” del sector que comprende la zona denominada “Agujero Azul”.

   En tercer lugar, la exploración “deberá suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente, tanto por parte de las autoridades administrativas o judiciales como por parte de los responsables de su ejecución”.

   Por último, habían exhortado a las autoridades administrativas a que “propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control” sobre las tareas de exploración, a fines de “cumplir con las mandas que el derecho impone en la materia respecto a la tutela del medio ambiente, y para velar por el cumplimiento de cualquiera de las condiciones antes establecidas, debiendo articularse la inmediata suspensión de las actividades del proyecto en caso de incumplimiento”.

Profertil
Tylsa
Más vistas
agosto 9, 2025

Hidrovía: la historia detrás de la polémica por el tamaño de los convoyes de barcazas

agosto 9, 2025

En Uruguay afirman que el puerto de Buenos Aires optimizó su operatoria

agosto 6, 2025

Incidente con barcazas en Entre Ríos en medio del debate por el tamaño de los convoyes en la hidrovía

agosto 7, 2025

Navieras cancelaron escalas en Montevideo y crece la tensión entre operadores y la terminal TCP

agosto 12, 2025

Comenzaron las obras de ampliación del muelle en el Puerto de Dock Sud con una inversión de USD 143 millones

Correa Venturi
Notas relacionadas