Ya navega rumbo a Perú el granelero que tenía prohibido zarpar de Quequén

04 septiembre 2024

El Red Orchid habría sido autorizado a zarpar tras el pago de deudas impagas por servicios de practicaje en el Puerto de Rosario y en el Río de La Plata.


El buque estaba fondeado en la rada exterior y ahora puso proa al sur. Foto Steve Johnson / Marine Traffic.


Por Redacción Argenports.com

   Tras haber permanecido casi una semana sin poder zarpar en puerto Quequén, a raíz de un conflicto judicial, ya se encuentra en plena navegación rumbo a Perú el buque granelero Red Orchid.

   Fuentes consultadas por Argenports.com señalaron que días atrás el bulkcarrier, de 200 metros de eslora, había liberado el sitio donde se encontraba amarrado, para fondear en la rada exterior, y ayer finalmente fue autorizado a zarpar.

   En tal sentido, contra la presentación de una póliza de seguro de caución como fianza hasta cubrir la suma en dólares adeudada, la Justicia dispuso levantar el embargo.

   Extraoficialmente pudo saberse que el buque había cargado 16 mil toneladas de maíz con destino Perú, pero en sus bodegas ya llevaba otras 40 mil embarcadas en la terminal santafesina de Cosco, en la zona de San Lorenzo.

   Como se vino informando, el buque de bandera panameña había sido objeto de embargo preventivo, con prohibición de zarpar, como consecuencia de una medida dispuesta por la Justicia a raíz de varias deudas impagas en servicios de practicaje en el Puerto de Rosario y en el Río de La Plata, aplicándose en su caso las disposiciones vigentes dentro de la Ley de Navegación.

   En el caso del embargo del buque Red Orchid se aplicaron las normas de la Ley de Navegación y, según trascendió, el buque recién pudo partir tras haberse constatado que la deuda por más de 150.000 dólares fue saldada mediante el aporte de la mencionada poliza de seguro de caución.

   El embargo se produjo a raíz de un expediente civil elaborado oportunamente llamado “interdicto judicial de prohibición de salida al mar” y la nave no podía retirarse del puerto hasta que no se abonara el compromiso adquirido por los servicios prestados en otra estación marítima.

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