Por Redacción Argenports.com
Desde este mes comenzó a regir plenamente el nuevo Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos provenientes de Buques en el Puerto de Mar del Plata, tras finalizar el período de transición de seis meses previsto en la Resolución CPRMDP N° 406-04/2024, publicada en el Boletín Oficial el 13 de enero de este año.
La normativa ya es obligatoria para todos los buques que operen en las Terminales 2 y 3 y en Escollera Norte, y su implementación apunta a mejorar el control ambiental y la trazabilidad de los residuos generados a bordo de embarcaciones, en línea con los compromisos del Convenio MARPOL 73/78 y la legislación ambiental nacional.
Clasificación a bordo y contenedores obligatorios
Entre los puntos clave del nuevo reglamento se destaca la clasificación obligatoria de residuos en origen, que debe realizarse al menos en dos categorías: húmedos/orgánicos y secos/reciclables.
Esta separación debe mantenerse hasta la disposición final, siendo responsabilidad del capitán del buque o responsable designado.
Además, los buques deberán utilizar contenedores diferenciados provistos por empresas autorizadas por el Consorcio Portuario, los cuales deben cumplir requisitos técnicos específicos como tapa hermética o lona, señalización retrorreflectante y medidas de seguridad que minimicen riesgos operativos y ambientales.
Plazos estrictos y condiciones de descarga
La norma, según precisó el medio marplatense Revista Puerto, también impone un plazo máximo de seis horas para que los residuos permanezcan en muelle una vez cargados en los contenedores.
Si la recolección no se concreta en ese lapso, comenzarán a aplicarse multas al generador y/o a la empresa de transporte. En casos de operaciones fuera del horario habitual, se exige señalización preventiva mediante conos, balizas o carteles específicos.
En todos los casos, los contenedores deberán estar completamente cubiertos; queda prohibido el uso de redes como método de cobertura.
Sanciones severas por incumplimiento
El nuevo reglamento incorpora un régimen sancionatorio que contempla multas económicas, inhabilitaciones temporales o definitivas, e incluso la obligación de remediar daños ambientales si los hubiera. La escala de sanciones varía según la gravedad de la infracción y la reincidencia.
Un paso clave hacia la sostenibilidad portuaria
Con esta nueva normativa, el puerto de Mar del Plata —principal terminal pesquera del país— da un paso firme en la modernización de sus prácticas ambientales, elevando los estándares operativos y alineando al sector con las exigencias internacionales sobre manejo responsable de residuos.
Las empresas armadoras, tripulaciones y operadores logísticos deberán adecuarse a estas nuevas reglas, que no solo apuntan a mejorar el desempeño ambiental del puerto, sino también a fortalecer su competitividad en mercados cada vez más exigentes en términos de sostenibilidad.