El Gobierno reemplazó el régimen de practicaje y pilotaje: qué cambia para los buques y los puertos argentinos

El Decreto 690/2026 aprobó un nuevo reglamento para los servicios de practicaje y pilotaje en todo el país. La reforma elimina restricciones que el Gobierno considera obsoletas, promueve una mayor competencia entre prestadores, redefine aspectos operativos del servicio y actualiza las condiciones de habilitación de los profesionales.
La reforma modifica uno de los servicios más sensibles para la navegación comercial. El Gobierno sostiene que el objetivo es modernizar el sistema, reducir costos logísticos y facilitar la operatoria del comercio exterior, sin alterar los estándares de seguridad de la navegación.
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Por Redacción Argenports.com

El Gobierno nacional oficializó una profunda reforma del régimen de practicaje y pilotaje mediante el Decreto 690/2026. La norma reemplaza la reglamentación vigente desde 1991 e incorpora un nuevo marco para los ríos, puertos, pasos y canales de la Argentina.

El practicaje constituye un servicio público destinado a asesorar a los capitanes durante las maniobras de ingreso y salida de los puertos y en la navegación por zonas consideradas complejas.

El nuevo reglamento mantiene ese carácter. Sin embargo, introduce cambios importantes en la organización del sistema, la contratación de los profesionales y los criterios de operación.

En los fundamentos del decreto, el Poder Ejecutivo sostiene que la normativa anterior había quedado desactualizada frente a la evolución tecnológica y a las prácticas internacionales de navegación. También afirma que contenía barreras de ingreso.

Esas restricciones, según el Gobierno, dificultaban la incorporación de nuevos prestadores, afectaban la continuidad del servicio y elevaban los costos logísticos del comercio exterior.

Como respuesta, el nuevo régimen busca promover una mayor concurrencia de operadores habilitados. Además, procura modernizar los procedimientos y mantener los estándares de seguridad para las operaciones marítimas y fluviales.

La iniciativa redefine reglas históricas del practicaje, habilita mayor libertad de contratación y busca evitar que conflictos sectoriales afecten el comercio exterior. Foto Gerardo Roberto.

Contratación libre y registro abierto

Uno de los cambios más relevantes establece que los prácticos habilitados podrán ser contratados libremente por los usuarios como profesionales independientes. Al mismo tiempo, la Prefectura Naval Argentina deberá mantener un registro abierto. No habrá límites en la cantidad de profesionales que puedan inscribirse.

El decreto también permite que los usuarios o terceros habilitados contraten libremente los servicios de transporte necesarios para el embarque y desembarque de los prácticos, ya sean terrestres, acuáticos o aéreos.

Los prácticos solo podrán rechazar esos medios de transporte cuando existan razones objetivas vinculadas con la seguridad. En ese caso, deberán justificar la decisión ante la Prefectura Naval Argentina.

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Mecanismos para evitar interrupciones

La norma incorpora herramientas para garantizar la continuidad de un servicio considerado esencial para el comercio exterior.

Si se presentan situaciones excepcionales que impidan el funcionamiento normal del sistema, la Prefectura Naval Argentina podrá prestar directamente los servicios de practicaje y pilotaje. También podrá requerir la colaboración de la Armada Argentina.

Además, en escenarios de crisis o fuerza mayor, la Prefectura podrá autorizar temporalmente a capitanes que cuenten con certificado de conocimiento de zona para desempeñar esas funciones.

Tarifas y facturación

Otro aspecto relevante de la reforma establece que las tarifas máximas que determine la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) deberán incluir todos los conceptos necesarios para prestar el servicio.

Por lo tanto, los prácticos no podrán facturar conceptos adicionales. Solo podrán hacerlo cuando la ANPyN los autorice expresamente.

Cómo queda la obligatoriedad del practicaje

El nuevo reglamento actualiza las condiciones que determinan cuándo un buque debe contratar el servicio de practicaje y pilotaje.

En el Río Paraná, deberán hacerlo los buques de más de 150 metros de eslora o con un calado superior a 6,40 metros (21 pies). Los remolcadores y convoyes de empuje continúan exceptuados.

En el Complejo Portuario de Bahía Blanca, el reglamento mantiene un esquema diferenciado. Desde el límite exterior hasta el par de boyas Nº 22 deberán utilizar práctico los buques con más de 8,23 metros (27 pies) de calado. Entre las boyas Nº 22 y los puertos interiores, la obligación alcanza a los buques de más de 180 metros de eslora o con un calado superior a 8,23 metros.

El reglamento también fija las condiciones de obligatoriedad para el Río de la Plata, el Río Uruguay y los principales puertos marítimos del país. Además, mantiene distintas exenciones para determinados tipos de embarcaciones y operaciones.

Cambios en las habilitaciones

La reforma también actualiza las condiciones para obtener los títulos de práctico, baqueano fluvial y los certificados de conocimiento de zona.

El nuevo Anexo II mantiene a la Prefectura Naval Argentina como organismo encargado de otorgar las habilitaciones. Además, redefine los requisitos para obtener los títulos, realizar los viajes de práctica, acumular nuevas zonas habilitadas y acceder a los certificados de conocimiento de zona.

Los argumentos del Gobierno

En los considerandos del decreto, el Poder Ejecutivo sostiene que la reforma busca eliminar regulaciones consideradas obsoletas. También pretende favorecer una mayor competencia entre prestadores, reducir costos para el comercio exterior y adecuar el sistema argentino a la evolución tecnológica y a las prácticas internacionales de la navegación.

El Gobierno sostiene, además, que las exigencias vigentes constituían barreras de ingreso que favorecían conductas anticompetitivas. Según el decreto, el nuevo marco permitirá mejorar la eficiencia logística y la competitividad de los puertos argentinos. Al mismo tiempo, asegura que preservará la seguridad de la navegación y la protección ambiental.

La reforma ya abrió un fuerte debate

La publicación del Decreto 690/2026 generó inmediatas repercusiones tanto dentro del Gobierno como entre referentes de la actividad marítima y fluvial.

Desde el oficialismo, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, defendió la medida.

Aseguró que apunta a eliminar lo que definió como “kioscos” en el servicio de practicaje. En una publicación en la red social X sostuvo que los costos del practicaje en la Argentina se encuentran entre los más elevados a nivel internacional.

También afirmó que la reforma permitirá reducir uno de los componentes del denominado “costo argentino” y mejorar la competitividad del comercio exterior.

En sentido contrario, el exsubsecretario de Puertos y Vías Navegables Juan Cruz Lucero cuestionó duramente el decreto.

Sostuvo que la iniciativa implica una desregulación de un sector estratégico. Según expresó en la misma red social, la medida “pone en riesgo la seguridad de la navegación”, debilita el rol de los prácticos y baqueanos argentinos y constituye, a su entender, un retroceso en materia de soberanía sobre las vías navegables.

Lucero también afirmó que la flexibilización del régimen podría afectar el trabajo de los profesionales argentinos.

Además, cuestionó que el Gobierno priorice la reducción de costos por sobre la seguridad operacional y el control estatal.

Por último, vinculó la medida con otras reformas impulsadas por la administración nacional en materia de marina mercante y navegación.

De esta manera, una reforma que el Gobierno presenta como una herramienta para aumentar la competencia y reducir costos logísticos ya abrió un fuerte debate en el sector marítimo-portuario.

Allí conviven posiciones enfrentadas sobre su impacto en la competitividad, la seguridad de la navegación, el empleo especializado y la soberanía sobre las principales vías navegables del país.

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