Por la escasez de oferta de portacontenedores apelan al uso de buques graneleros

16 agosto 2021

Advierten que el cambio de tipo de carga requiere atención por parte de los armadores.


Debido a la creciente presión sobre la disponibilidad de espacios para contenedores, con una demanda que supera la oferta actual de buques portacontenedores en rutas específicas, los exportadores están buscando buques alternativos para cumplir con los compromisos de transporte.


   Los mercados y las operaciones de transporte de contenedores han experimentado recientemente una demanda sin precedentes.

   Sin embargo, debido a la creciente presión sobre la disponibilidad de espacios para contenedores, con una demanda que supera la oferta actual de buques portacontenedores en rutas específicas, los exportadores están buscando buques alternativos para cumplir con los compromisos de transporte.

   Como resultado, se han observado incidentes de buques diseñados exclusivamente para el transporte de graneles que se fletan para el transporte de contenedores.

   Cabe señalar que el transporte de contenedores en este tipo de buques puede dar lugar a una serie de problemas que deben entenderse y abordarse para que el cargamento llegue con éxito al puerto de descarga.

   El transporte de contenedores en un granelero puede considerarse un cambio de uso y, por lo tanto, el armador debe ponerse en contacto con el Estado de Abanderamiento y la Sociedad de Clasificación del buque para determinar qué cambios documentales son necesarios en la certificación estatutaria y de clasificación del buque, expone Simon Parrott - director de Suscripción de West P&I.

   Agrega que también es probable que P&I Club considere la carga de contenedores como un cambio material y, por lo tanto, para evitar el riesgo de que la cobertura se vea perjudicada, se recomienda a los armadores que se pongan en contacto con el departamento de suscripción.

   Sostiene además que puede ser necesario un estudio previo a la carga para validar las disposiciones de amarre y estiba.

   En caso de que el empleo implique varios viajes con contenedores, puede ser necesario volver a emitir los certificados reglamentarios, en particular los que detallan el tipo de buque, y posiblemente incluyan el Documento de Cumplimiento de la Gestión de Seguridad Internacional (ISM) del operador.

   Además, para garantizar un DOC emitido para la operación de buques de graneles/multipropósito, puede ser necesario modificar el Sistema de Gestión de la Seguridad (SMS) del operador para incluir orientaciones sobre la carga, la estiba y el transporte de contenedores.

   Simon Parrot añade que es posible que estos cambios deban verificarse mediante una auditoría ISM externa adicional de la oficina y el buque.

   "La Sociedad de Clasificación del buque puede exigir la reclasificación del buque y posiblemente otros estudios para confirmar que el buque puede ser reclasificado para el transporte de contenedores", apunta.

   Explica que, aunque la Sociedad de Clasificación debe ser avisada de cualquier cambio de uso, un solo viaje puede implicar sólo la emisión de una carta de exención para el itinerario por parte de ésta.

   Además de los posibles cambios en la certificación, puede ser necesario actualizar otros documentos y volver a presentarlos a la Organización Reconocida (OR) de la Administración de Estado de Abanderamiento para su verificación y aprobación.

   En particular, lo más probable es que el Manual de sujeción de la carga (CSM) no contenga ninguna disposición sobre la estiba y sujeción de la carga que no sea de graneles y, por lo tanto, deba modificarse y presentarse para su re aprobación.

   El libro de estabilidad también puede necesitar ser modificado.

   El Estado de Abanderamiento y la Sociedad de Clasificación del buque podrán asesorar sobre sus requisitos individuales.

   "Cuando la certificación o los documentos requieran ser actualizados y reemitidos, las copias verificadas de los certificados y documentos, o las cartas de exención emitidas, deben estar a bordo del buque antes de que comiencen las operaciones de carga", apunta Parrot.

   Por último, explica que cuando los contenedores se estiban en cubierta, debe confirmarse que el contrato de transporte permite dicha estiba, y que el B/L está convenientemente redactado para reflejar que la carga se ha estibado en cubierta.

   Fuente: Mundo Marítimo.