Honda preocupación y pedido de las agencias marítimas por la postergación del pago de fletes

En una nota dirigida al gobierno nacional, el Centro de Navegación dijo que la nueva norma atenta contra el funcionamiento básico y generalizado de las operaciones y flujos del comercio exterior en el transporte marítimo.

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Redacción Argenports.com

   Suma preocupación viene generando en entre las agencias marítimas del país el anuncio del Banco Central que obliga a postergar por 90 días el pago de los servicios de fletes y transporte a empresas vinculadas al comercio exterior.

   La situación afecta a prácticamente la mayoría de las compañías, ya que casi todas tienen a las líneas internacionales como socias en esta operatoria.

   En tal sentido, el Centro de Navegación solicitó al gobierno que modifique el anuncio del Banco Central (Com. “A” 7746 BCRA) que obliga a postergar por 90 días corridos el pago de los servicios de fletes y transporte, permitiendo a las Agencias Marítimas efectuar libremente las remesas correspondientes a los pagos de los fletes y servicios  facturados  por  cuenta y orden de los  Armadores,  de conformidad con la normativa  cambiaria  aplicable,  sin  que  las  mismas  queden  supeditadas  al  previo  y obligatorio cumplimiento de plazo alguno.

   “Solicitamos  esta medida,  a fin de garantizar el  normal  flujo  del  comercio  exterior argentino, evitando el riesgo de desabastecimiento en plaza y que los Armadores opten por fijar directamente como política el cobro y pago de fletes fuera del país, lo que provocaría que nuestro mercado de transporte fuera definido, negociado y arbitrado en el exterior, lesionando los intereses de los actores que conforman la cadena logística local, convirtiendo  a  la  Argentina  en  ‘Puerto  Sucio’,  con  pérdida  de  competitividad, producción, trabajo e ingreso de divisas por millones para todos los argentinos”, consigna la nota.

   El escrito del Centro de Navegación lleva las firmas de Julio Delfino, presidente, y Alfonso Jozami, gerente general, y fue dirigido ayer al ministro de Economía, Sergio Massa, y a las autoridades del Banco Central, Aduana y subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante de la Nación.

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   La entidad, que desde el  año 1900, agrupa a la mayoría de las Agencias Marítimas que representan a los buques dedicados al transporte fluvio-marítimo nacional e internacional de cargas y pasajeros que efectúan operaciones en los puertos argentinos, señaló que varias agencias marítimas asociadas a ese Centro se han visto impedidas en su normal operatoria en el mercado de cambios, en particular para efectuar la remesa de fletes percibidos en esta plaza a sus beneficiarios en el extranjero.

   Recordó que el Centro de Navegación ya había alertado a las autoridades el año pasado la preocupación de sus socios compartida por las entidades bancarias nucleadas bajo la Asociación de Bancos de la Argentina, motivada en las restricciones impuestas para el envío de remesas al exterior.

  En tal sentido, el Centro de Navegación dijo que esa situación fue posteriormente enmendada por el BCRA, pero ahora, en un contrasentido total con dicha solución anteriormente normada, la nueva norma obliga, en el acceso al mercado de cambios para el pago de servicios a contrapartes vinculadas del exterior, a que el pago de los servicios de fletes y transporte se concrete a partir de los 90 días corridos desde la fecha de efectiva prestación del servicio”.

Impacto en el comercio exterior

   “A este respecto, señalamos con absoluta preocupación la aplicación de dicha medida, ya que la misma atenta contra el funcionamiento básico y generalizado a nivel global de las operaciones y flujos del comercio exterior en el transporte marítimo.

   “En este sentido –agrega la nota–, señalamos que la medida atenta contra la actividad de las agencias marítimas  que  actúan  por  cuenta  y  orden  del  armador  prestador  del  transporte internacional, y que, por una omisión de dicha realidad, se está afectando negativamente el normal flujo de transferencias al exterior y, en consecuencia, de las operaciones de transporte de las cargas de importación y exportación (que en un 90% se efectúan por agua), lo que sin duda puede provocar el encarecimiento de las operaciones de comercio exterior y el consecuente desabastecimiento de insumos para la producción nacional, con pérdida de empleo y de ingresos millonarios en divisa para el país”.

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   Para la entidad, la Aplicación de la Com. “A” 7746 BCRA, impone un sistema completamente disruptivo con la realidad operativa del comercio exterior y del transporte marítimo, siendo que los Armadores efectúan a nivel global el transporte internacional, estableciendo muchas veces para la gestión y cobro de sus servicios, oficinas y sucursales en distintos países.

   “En un contexto de inestabilidad cambiaria e inflacionario1 como el que lamentablemente sufre  en  la actualidad  la  economía  argentina,  mal  puede  imponerse  a  los  Agentes Marítimos, el acarreo del cobro de fletes y otros servicios aplicando el tipo de cambio de la fecha de recepción del pago por parte de los clientes de los Armadores, para que adquieran posteriormente con esos Pesos recibidos, la divisa suficiente para cumplir con las remesas correspondientes, solo recién de que se cumplan al menos noventa (90) días”.

Pérdida de poder adquisitivo

   Al respecto, el Centro de Navegación afirmó que lo anterior las obligaría a tener que absorber el riesgo de pérdida de poder adquisitivo para obtener dichas divisas, tanto por la diferencia de tipo de cambio, como por la inflación que se registren entre el inicio y finalización de dicho periodo.

   “Atento lo anterior, la medida normativa se convierte en impracticable, chocando contra la realidad operatoria del comercio exterior y del transporte por agua, lo que sin duda propiciará que los Armadores en el exterior, atento el riesgo descripto previamente, adopten como política y única solución viable, el pago y cobro de los fletes y otros servicios de transporte, directamente en el exterior”.

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