Según Equinor, “hay riesgo de que la exploración petrolera se frustre definitivamente”

27 octubre 2022

La empresa noruega hizo la advertencia en la apelación que presentó por la cautelar que mantiene en suspenso el inicio de la prospección sísmica a 300 kilómetros de Mar del Plata.


En la presentación judicial, la petrolera noruega también lanzó fuertes críticas al accionar del juez Martín. Foto: Bo B. Randulff / Even Kleppa - Equinor ASA


Redacción Argenports.com

   Ante las dilaciones judiciales que mantienen en suspenso desde febrero de este año el inicio de cualquier actividad de prospección sísmica en las profundidades del mar, la petrolera noruega Equinor reconoció que hay “grandes riesgos de que se frustre definitivamente” el proyecto de exploración petrolera que impulsa el Gobierno nacional en el pozo “Argerich”, ubicado a 307 kilómetros de Mar del Plata.

   La empresa realizó la advertencia al presentar la apelación al dictamen de la semana pasada del titular del Juzgado Federal N °2, Santiago Martín, donde se mantuvo vigente la medida cautelar que prohíbe la actividad al entender que el Ejecutivo no le dio la “participación debida” a la Administración de Parques Nacionales y que sigue ausente la evaluación de los impactos directos, indirectos, acumulativos y sinérgicos para determinar el posible daño que provoquen los trabajos de investigación.

   “La Sentencia Recurrida afecta gravemente los derechos de Equinor e YPF, y el interés público comprometido; agravando el riesgo de que el Proyecto Norte -así como el resto de la actividad hidrocarburífera offshore en general- se frustre definitivamente”, aseguraron los abogados Juan Martín Colombo y Javier Guiridlian que patrocinan a Equinor, en el escrito presentado.

   La petrolera insistió en que el último dictamen de la Justicia marplatense “genera una gran incertidumbre respecto al devenir del Proyecto Norte y si éste podrá ser efectivamente realizado”.

   “Si Equinor e YPF no pueden desarrollar las prospecciones sísmicas -principal actividad para la exploración de hidrocarburos- los Permisos Offshore pierden toda su razón de ser, convirtiéndose en títulos que carecerían de utilidad alguna, a la vez que la exponen al riesgo de no poder cumplir con sus compromisos de inversión, lo cual podría redundar en un perjuicio económico para ésta”, se advirtió.

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   “Debe tenerse en consideración que la Sentencia Recurrida no sólo impacta en Equinor e YPF, sino también en todos los proyectos de exploración offshore que prevén realizarse, proyectando sus efectos y poniendo en serio riesgo no sólo la efectiva concreción del desarrollo hidrocarburífero en el Mar Argentino, sino también el futuro de la política energética nacional”, insistió la apelación de Equinor, en otro tramo.

   En la presentación judicial, la petrolera noruega también lanzó fuertes críticas al accionar del juez Martín, al entender que con su postura “viola el principio de división de poderes” y realiza una “indebida interferencia en la política hidrocarburífera y energética del Poder Ejecutivo Nacional, afectando el desarrollo hidrocarburífero offshore en el Mar Argentino”.

   “La Sentencia Recurrida fue más allá del estudio de la legitimidad del acto, interfirió en el poder y la discrecionalidad técnica y científica de la Administración Pública y la contradijo, sin expresar además argumento alguno”, se apuntó.

   “Los criterios técnicos ambientales utilizados para aprobar el Proyecto Norte no pueden ser revisables por el Poder Judicial, menos aún puede un Juez contradecir a su criterio y sin fundamento alguno a la Administración Pública Nacional. Recordemos que los actos administrativos son únicamente revisables por el Poder Judicial en lo que respecta a su legitimidad, a su conformidad con el ordenamiento jurídico (incluida su razonabilidad)”, planteó Equinor.

   Además, la petrolera internacional le reprochó a Martín la falta de “idoneidad técnica alguna para emitir una opinión como la que emitió”.

   “El juez no posee conocimientos técnicos especializados en materia ambiental (lo que ha quedado demostrado a lo largo de sus argumentos)”, se señaló.

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   “El juez de primera instancia no tiene competencia constitucional ni conocimiento científico. Ello torna a la Sentencia Recurrida no sólo en contraria a derecho, sino también en arbitraria, por basarse sobre la mera voluntad del juez de primera instancia”, según menciona el documento de Equinor al que accedió 0223.com.ar.

   Así, Equinor pidió a la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata que “deje sin efecto la Sentencia Recurrida, declare cumplida la Medida Cautelar de Cámara y permita el inicio de las actividades propias del Proyecto Norte”.

   Y, en el caso de un rechazo eventual a la apelación por parte del tribunal superior, los letrados de la empresa anticiparon su intención de “interponer oportunamente recurso extraordinario federal” para que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el conflicto.

   Esta apelación se suma a la presentación que ya hizo, en la misma sintonía, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación unos días atrás.

   Allí, la cartera dirigida por Juan Cabandié acusó “una arbitrariedad manifiesta” por parte del juez Martín.

   “Ante la posible realización y concreción del proyecto, el juzgador, de una manera muy subjetiva y sin fundamento alguno, está criticando la suficiencia de los informes presentados”, apuntaron.