Sociedad de bolsa
Sociedad de bolsa

Prefectura establece nuevos requerimientos de seguridad para la pesca artesanal

La fuerza derogó las normas particulares que se encontraban en vigor desde el año 2002.

Notas relacionadas

Extienden bonificación tarifaria en el tramo norte de la hidrovía

Confirman un segundo barco para exportar GNL

Redacción Argenports.com

   Con la finalidad de actualizar los requisitos técnicos y operacionales de seguridad que deben reunir las embarcaciones dedicadas a la pesca artesanal que operen en aguas jurisdiccionales marítimas, fluviales o lacustres, Prefectura adoptó un nuevo régimen.

   De esta forma, la fuerza derogó las normas particulares que se encontraban en vigor desde el año 2002.

   Las nuevas reglamentaciones (DISFC-2022-115-APN–PNA#MSG), que excluye a la pesca de subsistencia, son aplicables a las embarcaciones dedicadas a la pesca artesanal, inscriptas en la segunda agrupación (menores) de la matrícula mercante nacional y que cuenten con permiso de pesca vigente conforme a la normativa aplicable en la jurisdicción donde opere.

   Asimismo, establece un sistema de habilitación de embarcaciones para el servicio de pesca artesanal, a través de las Dependencias Jurisdiccionales de la Prefectura, para un mejor control de las condiciones técnicas y operacionales de seguridad establecidas al momento de la aprobación de la embarcación.

   Otras de las características sustantivas del nuevo régimen de seguridad, es la reducción de la carga administrativa en lo que respecta a los trámites de despacho general y dotación mínima de seguridad, adecuándose el equipo de seguridad y supervivencia requerido según la navegación (marítima, fluvial o lacustre) y la práctica habitual, teniendo en cuenta las particularidades geográficas de la zona de operación.

   Por otra parte, al encontrarse las embarcaciones de pesca artesanal eximidas del régimen ordinario de reconocimientos y certificación vigente para las embarcaciones de pesca mayor, el patrón y/o propietario de la embarcación serán responsables del mantenimiento y disponibilidad inmediata de los sistemas y dispositivos de seguridad a bordo de conformidad con lo establecido en el artículo 104.0105 del REGINAVE, quedando tales embarcaciones sujetas a las inspecciones extraordinarias previstas en el artículo 204.0202 del citado texto reglamentario.

   Para su implementación, se prevé un plazo de 180 días para registrar y habilitar las embarcaciones de pesca artesanal existentes ante la Dependencia Jurisdiccional de Prefectura, acreditando el cumplimiento de la nueva reglamentación y la inexistencia de modificaciones que afecten las condiciones originales de aprobación de la construcción.

   Para mayor información, los interesados podrán dirigirse a la División Seguridad de la Navegación Pesquera-Departamento Seguridad de la Navegación, TEL:011 43187464 (int. 2122), e-Mail: divnavegacion-dpsn@prefecturanaval.gov,ar

Profertil
Compania sud americana de dragados
Más vistas
febrero 20, 2025

En videos: los fuertes vientos cortaron las amarras de un carguero en Bahía Blanca

marzo 3, 2025

Afirman que faltan 140 kilómetros de vías para unir el puerto de Montevideo con líneas argentinas y llegar a Paraguay

febrero 25, 2025
Un debate que se viene

Prefectura reduce el Margen de Seguridad Bajo Quilla: ¿menores costos con mayor riesgo?

febrero 13, 2025

Jan de Nul explicó por qué no se presentó en la licitación de la hidrovía

febrero 19, 2025

Tramos finales para la obra del nuevo muelle petrolero de Oiltanking en Puerto Rosales

Notas relacionadas
Puerto de Bahia Blanca
Centro de navegacion